La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo determinó que el despacho telegráfico de la trabajadora en el que consignó que se encontraba embarazada y puso a disposición del empleador los correspondientes certificados de trabajo, notificó en forma fehaciente su estado de gravidez, por lo que cumplió con la exigencia notificatoria que impone el artículo 177 de la Ley de Contrato de Trabajo.
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martes, 15 de febrero de 2011
jueves, 20 de enero de 2011
Maternidad: la empresa le depositó tarde el salario, se consideró despedida y ahora cobrará 13 sueldos
Uno de los temas que genera más polémica en el escenario laboral es el de los despidos de las mujeres embarazadas. Esto se debe a que los jueces suelen enfrentarse a reclamos en los cuales tienen que dilucidar si se trató de una medida discriminatoria, si hubo justa causa y si realmente se cumplieron todos los requisitos legales para poder así aplicar una indemnización agravada.
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