En la actualidad, la Ley de Sociedades Comerciales (Ley 19.550) establece como condición, para que las mismas puedan existir, que sean "dos o más personas" las que conformen, por ejemplo, una Sociedad Anónima, de Responsabilidad Limitada, Capital e Industria, entre otros "tipos" societarios que indica esta norma.
Es decir, no puede haber un solo miembro que realice los aportes, sufra las pérdidas y reciba sus beneficios.