jueves, 23 de diciembre de 2010

Defensa de la Competencia: crean en un proyecto la figura del arrepentido para combatir monopolios

La comisión antimonopolio preparó un proyecto de ley para reducir las sanciones a aquellos ejecutivos que revelen las maniobras de las empresas que llegan a arreglos con competidores para repartirse el mercado o fijar precios comunes.

La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNCD) presentó un anteproyecto de ley que apunta a combatir los cárteles económicos, es decir, el acuerdo entre las empresas para repartirse el mercado y evitar la competencia, con el propósito final de colocar un precio superior, informó el matutino Tiempo Argentino.

Defensa de la Competencia creará el "programa de clemencia", que, dicho en otras palabras, permitirá al Estado condonar o reducir entre un 20 y un máximo de 50% las multas de aquellas empresas o ejecutivos que se autoinculpen o delaten a sus socios frente a la comisión antimonopolio.

"El principal problema que tenemos hoy a la hora de verificar los casos de cartelización son las dificultades para comprobar el dolo. La protección a los testigos permite allanar el camino", le indicó al citado matutino el vicepresidente de la Comisión de Defensa de la Competencia, Humberto Guardia Mendonca. 

Entre 2005 y 2010, la comisión antimonopolio aplicó multas administrativas por cartelización que superan los $642 millones. Sin embargo, las empresas apelan las sanciones a la justicia, que demora años en expedirse y en los hechos deja sin efecto el castigo.

El proyecto de Clemencia se presentará formalmente en el Congreso en marzo del año que viene después de obtener el visto bueno del secretario de Comercio, Guillermo Moreno, resaltó Tiempo Argentino.

El artículo 49 del mismo indica taxativamente que el acogimiento al beneficio de exención o reducción de multa "no podrá llevarse a cabo conjuntamente por dos o más participantes de la conducta anticompetitiva concertada".

No obstante, el mismo artículo admite la posibilidad de que se puedan sumar las personas de existencia ideal "la empresa" y a sus directivos. Además, el Tribunal de Defensa de la Competencia, se comprometerá a mantener "con carácter confidencial la identidad del que pretenda acogerse a los beneficios" del programa. 

El artículo 55 del proyecto indica asimismo que los plazos de prescripción se interrumpen con la denuncia.

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