miércoles, 28 de septiembre de 2011

Determinaron que la querella no depende de la Fiscalía para impulsar la acción penal


La Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín resolvió que “el querellante se encuentra habilitado para impulsar la acción penal en forma exclusiva durante la etapa instructoria, aún cuando el agente fiscal hubiere pedido la desestimación de la denuncia”.
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Así lo decidió el tribunal, conformado por Hugo Daniel Gurruchaga y Daniel Rudi, tomando como antecedente la resolución de la sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal, dictada en el caso “López González, Mirta y otro” del 8 de febrero de 2006.
Además, el fallo consideró que el denunciante se pueda constituir en querellante, como una forma de asegurar el derecho a la tutela judicial; sin perjuicio que la resolución confirmó la decisión del Juzgado Federal Nº 2 de Morón, en cuanto sostuvo que no existía delito por los hechos investigados.

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